Declarada la nulidad de las cláusulas suelo

La titular del Juzgado de lo Mercantil nº 11 de Madrid, ha establecido la nulidad de las cláusulas suelo fijadas por las entidades financieras en las condiciones generales de las hipotecas suscritas con consumidores por “falta de transparencia”.

Entidades afectadas por la sentencia de las cláusulas suelo

Esta sentencia, relativa a las cláusulas suelo, afecta a las siguientes entidades bancarias:
Liberbank y Banco Castilla la Mancha, Caixabank y Barclays, Kutxabank, Cajasur,s.a, Caja de Ontiyent, Caja Rural de Zamora, Caja Rural de Asturias, Caja ural de Extremadura, Caja San Vicente Ferrer, Banco Mare Nostrum, Caja Rural de Betxi, Caja Rural Central, Caja Rural de Jaen, Unicaja, Ceiss, Caja Rural de Torrent, Ipar Kutxa, Caja Rural del Sur, Caja Rural de Granada, Caja Rural de Albacete (Global Caja), Nueva Caja Rural de Aragon (Bantierra), Caja de Arquitectos, Cajasiete, Caja soria, Caja Almendralejo, Caja Rural de Teruel, Caja Rural Gallega, Caja Rural Navarra, Caja Rural de Castilla la Mancha, Caja rural de burgos, Cataluya Banc y Banco Etcheverria, Bankia, Banco Sabadell, Banca Pueyo, Banco Caminos, Ibercaja, Banca March, Banco Santander, Banco Popular, Targobank y Banco Popular-e, Credifimo, y Celeris.
En total, la sentencia tiene un impacto directo para 40 entidades de crédito y les obliga a la eliminación de las claúsulas suelo de sus contratos hipotecarios.
Esta demanda interpuesta por Adicae, ha sido estimada parcialmente y como consecuencia el juzgado obliga a la devolución de forma retroactiva de las cantidades que se hayan cobrado indebidamente desde mayo de 2013.
Para determinar los importes que su banco debe devolverle, puede recurrir a nuestros peritos economistas, para que elaboren un informe del impacto que han tenido las cláusulas suelo, en su contrato hipotecario.

Calcule el perjuicio de su cláusula suelo

La sentencia supondrá un alivio para personas físicas y jurídicas que tuvieran hipotecas con cláusula suelo, y podrán reclamar los importes que indebidamente les ha cobrado la entidad financiera. El siguiente paso, será realizar una buena valoración por nuestros peritos economistas del perjuicio ocasionado.

Conviene recordar no obstante, que la sentencia es recurrible ante la Sección 28 de la Audiencia Provincial de Madrid  y muchas entidades financieras ya han comunicado que recurrirán la misma.

http://cincodias.com/m/cincodias/2016/04/07/mercados/1460038470_070242.html